Cuando las fuerzas del orden o cualquier tipo de agencia gubernamental en Florida te detienen y te hacen preguntas, ¡es importante conocer y entender tus derechos legales! Debes ser extremadamente cuidadoso con lo que dices, eligiendo tus palabras con prudencia. Siempre ten en mente que si proporcionas una respuesta a cualquier pregunta, el oficial puede usar cualquier cosa que digas en tu contra en un tribunal de justicia.

CONOCIENDO TUS DERECHOS CUANDO ERES DETENIDO O AL TRATAR CON LA POLICÍA

Aunque los castigos y consecuencias por delitos varían dependiendo de la gravedad del delito cometido, todos están protegidos por los mismos derechos inicialmente cuando se enfrentan a las fuerzas del orden. Es comprensible que la mayoría de las personas no quieran siquiera imaginar ser detenidas, pero es sabio conocer tus derechos legales con anticipación (por si acaso).

LEY DE DETENCIÓN Y REGISTRO DE FLORIDA

Esta ley permite a cualquier oficial de policía del estado detener a cualquier persona que él o ella sospeche razonablemente que ha cometido, está cometiendo o está a punto de cometer un delito. Sin una orden, un oficial tiene la capacidad legal de solicitar identificación y hacer preguntas a cualquier persona sospechosa. No se requiere una orden para que el oficial registre a un sospechoso bajo “sospecha razonable” o “sospecha fundamentada” (esto significa que la sospecha del oficial se basa en hechos observados). Sin embargo, una detención no puede basarse en la raza ni debido al tipo de ubicación.

El sospechoso detenido no debe ser retenido para ser interrogado más tiempo del razonablemente necesario. Si se encuentra evidencia suficiente y se va a realizar una detención, debe hacerse de inmediato. De lo contrario, se debe liberar al sospechoso. Y bajo ninguna circunstancia un oficial debería trasladar al sospechoso a otro lugar si no está siendo detenido.

¿CUÁLES SON TUS DERECHOS AL SER DETENIDO?

A continuación, se presentan los puntos que querrás conocer si estás siendo detenido en Florida. La policía está obligada a:

  • Identificarse inmediatamente.
  • Explicarte claramente el delito (o delitos) por el cual se te está acusando.
  • Leerte tus Derechos Miranda, que explican que tienes el derecho a permanecer en silencio; cualquier declaración que hagas puede ser utilizada como evidencia en tu contra; tienes derecho a un abogado y si no puedes pagar un abogado, el tribunal te asignará un defensor público antes de cualquier interrogatorio.
  • Permitirte hacer una llamada telefónica en tu nombre, ya sea a un abogado, un familiar, un amigo, un fiancista, etc. (Es importante señalar que es posible que tengas que esperar hasta el final del proceso de registro antes de que se te permita hacer esta llamada).

¿QUÉ SUCEDE SI LA POLICÍA NO LEE LOS DERECHOS MIRANDA AL DETENIDO?

Si un oficial, durante el proceso de un arresto, no lee los Derechos Mirando a alguien bajo arresto, ninguna de las pruebas descubiertas durante el interrogatorio será elegible para su uso. Esto incluye cualquier tipo de declaración o confesión del detenido, así como cualquier forma de evidencia tangible. Sin el conocimiento de estos derechos, la persona acusada de un delito no está protegida contra la autoincriminación, lo cual está ordenado en la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.

¿TIENES EL DERECHO DE RESISTIRTE A UN ARRESTO ILEGAL?

Antes de intentar resistirte a un arresto, primero debes entender claramente la definición de un ‘arresto ilegal’ (también conocido como ‘arresto falso’).

¿QUÉ ES UN ARRESTO FALSO POR PARTE DE LA POLICÍA?

Cuando un oficial de las fuerzas del orden realiza un arresto más allá de su autoridad, esto se considera un arresto falso o ilegal. El ejemplo más utilizado para explicar un arresto falso es cuando un oficial realiza un arresto debido a un comentario o gesto insultante por parte del acusado. Para que un policía realice un arresto legal, debe tener una causa probable de que alguien ha cometido un delito.

¿QUÉ SE CONSIDERA CAUSA PROBABLE?

Para que un oficial de policía tenga causa probable de que alguien ha cometido (o está cometiendo actualmente) un delito, debe tener evidencia factual para realizar una búsqueda sin una orden judicial o efectuar un arresto. Si un oficial te dice que simplemente sospecha que has cometido un delito sin causa probable, eso no le proporciona fundamentos para llevarte a la cárcel.

¿QUÉ EVIDENCIA SE NECESITA PARA LA CAUSA PROBABLE?

  • Evidencia Circunstancial – La evidencia que no fue directamente observada por alguien se clasifica como circunstancial. Un buen ejemplo sería: "Vi a John Doe entrar a su casa y luego escuché un disparo". Nadie sabe realmente quién disparó el arma.
  • Consentimiento para la Búsqueda – Cada vez que un acusado da su consentimiento para que las fuerzas del orden realicen una búsqueda en un vehículo o en una propiedad, cualquier cosa encontrada puede ser utilizada en contra del sospechoso.
  • Experiencia – Los oficiales de policía están entrenados para identificar actos delictivos evaluando el comportamiento del sospechoso y las circunstancias en la escena del crimen.
  • Información – Declaraciones proporcionadas por individuos sobre el delito sospechado, incluyendo a víctimas y testigos.
  • Observación – Cuando un oficial de policía ha presenciado un delito o ha observado algo visualmente que sugiere que un delito puede estar ocurriendo.
  • Sensorial – Un oficial de policía sospecha de actividad delictiva basándose en sus cinco sentidos básicos, como el olfato, la vista, el gusto, el tacto o el oído. La observación por los sentidos cumple con los requisitos para la causa probable. Un buen ejemplo de esto sería si un oficial huele marihuana cuando se acerca a un coche. Entonces tiene causa probable para registrar el vehículo.

¿PUEDE LA POLICÍA REGISTRAR TU VEHÍCULO SIN UNA ORDEN JUDICIAL?

Cuando alguien está conduciendo un vehículo y es ordenado por la policía detenerse, el oficial solo necesita ‘causa probable’ para registrar el vehículo. Nuevamente, causa probable significa evidencia factual. Si no hay evidencia factual, la única manera en que el oficial tiene permiso legal para hacer la búsqueda es con tu consentimiento. Sin embargo, con demasiada frecuencia, los conductores desconocen sus derechos legales en esta situación y dan su consentimiento al oficial para registrar su vehículo. Esta confusión conduce frecuentemente a arrestos que podrían haberse evitado.

¿PUEDE LA POLICÍA REGISTRAR TU HOGAR SIN UNA ORDEN JUDICIAL?

Ningún oficial de las fuerzas del orden tiene la autoridad legal para registrar una casa o negocio sin una orden de registro válida, a menos que alguien con la autoridad adecuada les otorgue acceso. Una vez que la policía tiene permiso para acceder a la propiedad, cualquier evidencia encontrada puede ser utilizada en contra del sospechoso o cualquier otra persona que resida en la casa.

Si prefieres no hablar con la policía, o si no estás seguro de si tienen o no una orden de registro, lo mejor es no responder a la puerta en absoluto. Otra forma de manejarlo es, cuando un oficial toque a tu puerta, preguntar si tiene una orden de registro legal. Si es así, solicita que te muestren la orden por debajo de la puerta.

Consejo: Si la policía tiene una orden de registro, no tienen que tocar la puerta.

¿QUÉ TIPO DE ARRESTOS EN FLORIDA NO REQUIEREN UNA ORDEN JUDICIAL?

Por favor, utiliza la página de información en línea de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés) como guía sobre la manera adecuada de responder cuando te aborden las fuerzas del orden. La página de información en línea de la ACLU aborda tus derechos cuando eres detenido, registrado o arrestado por un oficial o varios oficiales de las fuerzas del orden. Para los no ciudadanos, infórmate más sobre los Derechos de los Inmigrantes. O haz clic aquí para aprender sobre nuestros servicios de fianza de inmigración. Para más asistencia sobre tus derechos legales, por favor contacta a tu abogado local de Defensa Criminal.

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Si tú o un ser querido está preocupado de que pueda haber una orden de arresto en su contra, llama o envía un mensaje de texto a un agente de fianzas aquí en Fianzas al (561)-500-3333. Nuestro servicio de Pagar y Continuar te permite resolver una orden sin ningún encarcelamiento en la mayoría de las circunstancias.

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